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¿Renuncia o Autodespido? – Moreira y Cía. Abogados

Moreira y Cía. Abogados

Abogados Laborales

Autodespido

¿Renuncia o Autodespido?

“una vez entregada la carta de renuncia no puedes reclamar ningún tipo de indemnización”

Muchos son los que se preguntan esto, en especial, cuando llevan varios años de servicio en alguna empresa y deciden irse de ella, les piden la renuncia o se frustran las negociaciones de salida.

La renuncia implica descartar la posibilidad de que te indemnicen los años de servicio que estuviste en ella, una vez entregada la carta de renuncia no puedes reclamar ningún tipo de indemnización. Sales del trabajo únicamente con el feriado que tenías pendiente.

En cambio, las ventajas de autodespedirte es que tienes derecho a demandar tus años de servicio recargado de 50% a 80%, mes de aviso y otras indemnizaciones a las que haya lugar, como accidentes o enfermedades profesionales y nulidad del despido (o también llamada ley bustos), así como también podrás demandar tu feriado, remuneraciones y/o comisiones adeudadas.

Es por ello, que como estudio jurídico especializado en autodespidos, te entregamos esta guía, para que sepas cuándo tienes la posibilidad de autodespedirte:

  • Cuando no te pagan tus cotizaciones previsionales o estas se pagan atrasadas continuamente
  • Cuando te retienen dinero de un préstamo de la caja de compensación pero no pagan el crédito
  • Cuando no te pagan horas extras
  • Cuando no te pagan tus comisiones
  • Cuando te provocan una enfermedad laboral
  • Cuando tienes un accidente laboral
  • Cuando sufres de acoso laboral o sexual en la empresa y ésta no toma medidas
  • Cuando sufres maltrato físico en el trabajo
  • Cuando tu lugar de trabajo no posee las condiciones higiénicas mínimas (baño, comedor, techo, silla, elementos de protección personal normales del giro y para evitar covid19)
  • Cuando tu empleador incumple las obligaciones que le impone el contrato de trabajo

En resumen, si tu empleador es quien incurre en algún incumplimiento de contrato, eres tú quien puede despedirlo, por eso le dicen autodespido o despido indirecto.

A la próxima, piensa bien si renunciar a tus indemnizaciones o si más bien puedes optar por esta otra vía, pues aunque demore un poco más, puede valer bastante más la pena que renunciar.

En el estudio jurídico Moreira y Cía. Abogados podemos responder a tus consultas, asesorándote desde el inicio.

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